Conozca Sus Derechos

Todo trabajador doméstico en Nueva York está protegido por ley — sin importar su estatus migratorio.

Usted cocina sus comidas. Cría a sus hijos. Limpia sus hogares. Cuida a sus padres. Usted mantiene los hogares funcionando — muchas veces en silencio, muchas veces solo/a, muchas veces con miedo de hablar.

Usted no es invisible. Usted tiene derechos. Y la ley está de su lado.

¿Qué tipo de trabajo hace?

Ama de Casa

Si usted es ama de casa, tiene derecho al pago de horas extras. Está protegido/a por leyes estatales y federales para recibir al menos el salario mínimo por todas las horas trabajadas, así como horas extras a una vez y media su tarifa regular. Puede ser categorizado/a como ama de casa interna o diaria.

Ama de Casa Interna

120+ horas/semana o 5+ días/noches consecutivos

Si trabaja al menos 120 horas por semana en la casa de su empleador, o trabaja 5 o más días o noches consecutivos, se le considera ama de casa interna.

Sus Derechos:

  • Salario mínimo — $17/hr en NYC, $16/hr fuera de NYC/Nassau/Suffolk/Westchester
  • Horas extras a 1.5x por horas más allá de 44 horas por semana laboral de 7 días
  • Pago semanal
  • Aviso de salario al ser contratado y estados semanales en inglés y su idioma principal
  • Al menos 24 horas consecutivas de descanso cada semana. El trabajo voluntario en un día de descanso debe pagarse a tarifa de horas extras.
  • Después de un año: 3 días de descanso pagados anuales

Ama de Casa Diaria

No vive en la casa del empleador

Si no vive en la casa de su empleador, se le considera ama de casa diaria.

Sus Derechos:

  • Salario mínimo — $17/hr en NYC, $16/hr fuera de NYC/Nassau/Suffolk/Westchester
  • Horas extras a 1.5x por horas más allá de 40 horas por semana laboral de 7 días
  • Pago semanal
  • Aviso de salario al ser contratado y estados semanales en inglés y su idioma principal
  • Al menos 24 horas consecutivas de descanso cada semana. El trabajo voluntario en un día de descanso debe pagarse a tarifa de horas extras.
  • Después de un año: 3 días de descanso pagados anuales
⚠️ Protecciones Contra la Discriminación y el Acoso

Las leyes contra la discriminación y el acoso lo protegen de acoso basado en género, raza, religión u origen nacional y prohíben represalias. Los empleadores deben publicar un aviso de sus derechos en un lugar visible. La Carta de Derechos de Trabajadores Domésticos de NY está para ayudarle.

Importante: Estas protecciones aplican sin importar su estatus migratorio. Su empleador no puede usar su estatus para negarle salario, amenazarle o tomar represalias.

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